Ordenanza Municipal N° 206/22/2022
DESAFECTA Y TRANSFIERE AL MINISTERIO DE EDUCACION LOTES PARA CONSTRUCCION DE ESCUELAS ( CON CARGO) ESC 655 Y JARDIN CHISPITAS
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"'A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
ORDENANZA N° 206/2022
TEMA: CESIÓN DE TIERRAS MINISTERIO DE EDUCACIÓN
VISTO: Las Ordenanzas N° 114/14 y N° 296/15 del Honorable Concejo Deliberante, y la
solicitud de terrenos al Municipio, que en forma verbal realizó la Provincia en distintas
reuniones con el Ejecutivo, para la construcción de escuelas de distintos niveles en la
ciudad de Esquel, (Expte. 162/14 y 336/15), y
CONSIDERANDO:
Que, por las Ordenanzas relacionadas en Visto, si bien en ambas se autorizaba a
transferirse a título gratuito al Ministerio de Educación de la Provincia el inmueble
propiedad del Municipio identificado catastralmente como Cir. 2 - Sector 1 - Macizo 28 -
Parcela 75, con una superficie total de 5.586,66 m? de esta ciudad, ambas bajo condición
resolutora y por igual plazo para que en una parte se construya y funcione el Centro de
Formación Profesional
N° 655 y en la otra el Jardín Maternal "Chispitas",
respectivamente:
Que, verificándose en la Dirección de Catastro que los datos identificatorios de dicho
inmueble no se hubiesen modificado por mensuras posteriores se detectó que la Parcela
75 no se encuentra dentro del Macizo 28 ni de otra manzana, por tal motivo, no tienen
nomenclatura de la misma.
Que, en la actualidad debido al crecimiento de la ciudad y a otros factores hay una
emergencia edilicia educativa que se debe resolver con la urgencia que lo amerita.
Que, dicho pedido es para contar con tierras y así poder incluir en el presupuesto del año
2023 los proyectos de Plan de Obras Públicas del Ministerio de Educación de la Provincia
para la construcción de edificios educativos de distintos niveles.
Que, es obligación del municipio velar por el bien común y resolver la situación social de
los vecinos.
Que, por medio de éste tipo de políticas públicas el Estado Municipal está cumpliendo
con los Pactos Internacionales con jerarquía Constitucional al ser incorporados a la
Constitución Nacional, reformada en 1994 en el Art. 75 inc. 22 y que en armonía con el
Art. 31 y 14 conforman la cúspide del sistema normativo nacional.
Que, asimismo la Constitución Provincial en sus Art. 18 y 77, y en su Capítulo VII Art. 112
y ss., establece: "El Estado garantiza, por medio de los organismos que la ley establece,
el derecho a la educación y a la participación en los bienes de la cultura, con el propósito
de posibilitar a todo habitante el logro de niveles humanos crecientes", como también los
SS.
Que, dicho inmueble es dominio público Reserva Fiscal conforme el Plano de Mensura
correspondiente, y si bien el destino estaría encuadrado en los Art. 58°, 59° y ss del CPU
no queda claro con la transferencia a título gratuito, por lo cual sería conveniente
desafectarlo, para que por todo lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante autorice al
Departamento Ejecutivo a transferir dichos inmuebles al Ministerio de Educación, para la
finalidad solicitada.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1º: DESAFECTASE del dominio público como Reserva Fiscal el inmueble
identificado Catastralmente como Cir. 2 - Sector 1 - Parcela 75 con una superficie de
5.586,66 m' de esta ciudad.
ART. 2°: TRANSFIERASE a título gratuito al Ministerio de Educación de la Provincia de
Chubut, el inmueble identificado en el Art. 1°, bajo condición resolutoria que, en el Plazo
de dos (2) años, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, en dicho
inmueble se construya y funcione Edificios Escolares de los niveles que determine el
donatario.
ART. 3°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir cuando sea pertinente
la documentación, pública o privada que sea menester para el cumplimiento de lo
establecido en el Art. 2° de la presente Ordenanza, siendo todos los gastos y honorarios
a cargo del donatario.
ART. 4°: Registrese, Comuníquese, Cumplido, Archívese.
Esquel, 2 de diciembre de 2022.-
Abag. Emiliana Sartorio
F.E.M/ Diego Austin
Secretaria Legislation n/c
Presidente
H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante
Cindad de Esquel
Citdad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 17º Sesión Ordinaria del 2022, bajo Acta
N° 26/2022, registrada como Ordenanza N° 206/2022
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido, archívese.
SECRETARIA DEGOBIERNO: 14 de diciembre de 2022
Lic. Sanchez Unbe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel