Ordenanza Municipal N° 226/22/2022
DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO OBRA CORDONES CUNETA BARRIO LUQUE (CALLES NUÑEZ, HERMANOS CUGURA, PASQUINI, AIME PAINE, PIGRETTI, ALFONSIN, AMATURI, FAVALORO, LENDICH)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HeD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"A 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, HONOR Y GLORIA A NUESTROS VETERANOS Y CAÍDOS"
ORDENANZA N° 226/2022
TEMA: DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO OBRA
CORDONES CUNETA BARRIO LUQUE
VISTO: El requerimiento efectuado por los vecinos del Barrio Luque para declarar de
utilidad pública las arterias que lo componen según Ordenanza N° 54/14, y el Memo 304 de
la Municipalidad de Esquel, (Expte. 302/22), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota ingresada por expte N° 3948/22 de fecha 14 de noviembre de 2022,
los vecinos del Barrio Luque solicitan la construcción del cordón cuneta en cada una de las
arterias del mencionado Barrio;
Que, se adjunta en el expediente, nota con las firmas de adhesión de más del setenta por
ciento (70%) de los frentistas de la cuadra, prestando el acuerdo en el pedido de
construcción de cordón cuneta en las arterias denominadas Dr. Argentino Núñez,
Hermanos Cugura, Gino Pasquini, Aimé Painé, Ing. Adolfo Pigretti, Dr. Raúl Alfonsín,
Norberto Amaturi, Dr. René Favaloro y Hermanos Lendich. del Barrio Luque
Que, la Comisión de Obras Públicas, habiendo estudiado los antecedentes emite despacho
favorable, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza General de Obras
Públicas N° 206/90 y sus modificatorias
POR ELLO: EL HONORABALE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI - N° 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
ART. 1°: DECLÁRASE de utilidad pública y pago obligatorio la obra de cordón cuneta, en
las siguientes arterias: Dr. Argentino Nuñez, Hermanos Cugura, Gino Pasquini, Aimé Painé,
Ing. Adolfo Pigretti, Dr. Raúl Alfonsín, Norberto Amaturi, Dr. René Favaloro y Hermanos
Lendich del Barrio Luque de nuestra ciudad.
ART. 2°: AUTORIZASE a la Secretaría de Hacienda a proceder al cobro de la obra
mencionada en el artículo primero de la presente, de acuerdo al prorrateo por frente lineal,
finalizada la misma.
ART. 3°: Registrese, comuníquese, y cumplido archívese.
Esquel, 15 de diciembre de 2022.-
MUTI:
Secretaria Legislativa a/c
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 18° Sesión Ordinaria del 2022, bajo Acta N°
27/2022 registrada como Ordenanza N° 226/2022.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 1P de diciembre de 2022.
Lle. Sanchez Urbe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
Ara. SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel