Ordenanza Municipal N° 129/21/2021
CREA MESA DE TRABAJO PLANEAMIENTO TIERRA VIVIENDA PARA ELABORAR UN PLAN PARTICIPATIVO DE URBANIZACION
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES"
ORDENANZA N° 129/2021
TEMA: CREA MESA DE TRABAJO DE PLANEAMIENTO, TIERRA Y VIVIENDA PARA
ELABORACION DE UN PLAN PARTICIPATIVO DE URBANIZACION
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La Ordenanza Municipal Nro. 153/98 "Código de Planeamiento Urbano", la Ordenanza
Municipal Nro. 203/20 "Urbanización de Tierras Fiscales", el Expte. N° 63/16 Raúl
Fernández "Desarrollo Territorial", el Expte. N° 282/16 Unión de Inquilinos Esquel
"Emergencia Habitacional", el Expte. N° 170/19 Cáritas Prelatura Esquel "Plan Nacional
de Viviendas".
; el Expte. N° 97/20 Fundación Buenos Vecinos "Plan de Organización
Territorial y Desarrollo Urbano", el Expte. N° 83/20 Claudia Jara y Vecinos "Emergencia
Habitacional", el Expte. N° 171/20 Bloque de Concejales FVE. Chubut al Frente, P. y Por
Esquel "Programa Municipal de Acceso a Lotes con Servicios" (Expte. 160/21). y.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Nación Argentina en su artículo 14 bis garantiza para sus
habitantes el acceso a una vivienda digna
Que, la Constitución de la Provincia del Chubut establece en su artículo 77, que el Estado
provincial propende a que toda persona acceda a una vivienda digna, para sí y su familia,
que incluye servicios sociales y públicos e integración con el entorno natural y cultural,
quedando resguardada su privacidad.
Que, en consecuencia, con el principio citado precedentemente, la Constitución del
Chubut manda contemplar en las previsiones del Estado planes habitacionales
individuales y colectivos, en función del progreso tecnológico y de la evolución social.
reafirmando expresamente que el acceso a la vivienda propia se promueve en todo el
ambito de la Provincia, sobre la base de la equidad y mediante regímenes adecuados a
los distintos casos, con prioritaria consideración a los de menores recursos
Que, en virtud del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos. Sociales
y Culturales, sancionado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de
diciembre de 1966, los Estados firmantes reconocen el derecho de toda persona a un
nivel de vida adecuado, que incluye alimentación, vestido y vivienda adecuados. y se
comprometen a tomar medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho.
Que, la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la
Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948, establece
en su articulo 7 que: "Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a
igual protección de la ley", y en su artículo 25 dispone que: "Toda persona tiene derecho
a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar.
y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, ...
Que, la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, en su artículo 29 expresa que
corresponde a las Corporaciones Municipales entender en forma originaria en las
cuestiones vinculadas a las áreas de la salud, vivienda, educación, entre otras,
sin
perjuicio de las acciones de coordinación y cooperación que fueren menester realizar con
organismos del Gobierno Provincial o Nacional.
Que, el proyecto de Carta Orgánica de la Ciudad de Esquei elaborado por la Convención
Municipal, en su artículo 33, asegura el acceso a una vivienda digna a toda persona
Que, la alta demanda de terrenos y la escasez de viviendas es un hecho grave y notorio
en nuestra Ciudad
Que, la Ordenanza Municipal Nro. 203/20 reconoce que "muchas familias se ven forzadas
a asentarse en terrenos fiscales que no cuentan con ningún tipo de servicios y que en
ocasiones tienen algún tipo de riesgo geológico o hídrico". Afirma además que "en esos
asentamientos se generan situaciones de emergencia" y "que la falta de Suelo Urbano
para lotes sociales en la ciudad y la cantidad de familias en los asentamientos, producen
una situación que es necesario atender"
Que, en los últimos años se ha modificado notoriamente el patrón de ocupación del sueio
en el Ejido Municipal, se hace necesario revisar la zonificación prevista en el CPU. para
determinar -a la luz de esos cambios- los sitios susceptibles de urbanización, cuidando
dejar áreas para espacios verdes, centros de salud, escuelas, y para el asentamiento de
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MART?N MIGUEL DE GÜEMES"
establecimientos productivos destinados a abastecer a los vecinos de productos frescos
producidos localmente. Y teniendo en cuenta los sectores no aptos, por riesgo de
desmoronamiento o por cercanía a sectores de bosques, con riesgo de incendios
Que, en este HCD existen múltiples proyectos presentados por diferentes bloques
legislativos, Fundaciones, ONGs y grupos de vecinos con propuestas sobre el acceso a
la tierra y a la vivienda que no han tenido tratamiento o resolución.
Que, en el Ejido Municipal de Esquel existe tierra fiscal disponible o con posibilidad de
incorporar al suelo urbano disponible, como da cuenta el Informe de la Comisión de
Vivienda y Hábitat del FVE que se adjunta como anexo en el expediente
Que, el presente Proyecto es el resultado de reuniones con vecinos en distintos sectores
de la Ciudad, que aportaron
sus respectivas ideas y miradas sobre la temática
habitacional, de la cuales surge claramente que se trata de una probiemática general e
involucra a diferentes realidades: familias que solo cuentan con planes sociales.
familias
que tienen ingresos inestables y familias que tienen ingresos estables, pero sin
posibilidades de acceder a una vivienda propia, debiendo contemplarse
todas
las
Que, por lo tanto, es necesario extender dicho proceso de participación y consulte a la
totalidad de los vecinos interesados y/o afectados.
Que, la creación de una Mesa de Trabajo de Planeamiento, Tierra y Vivienda con un
alcance multisectorial mediante un proceso participativo permitirá encontrar consensos.
para elaborar las propuestas que aporten a la solución de la presente situación
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POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1°: CREASE en el seno del HCD una Mesa de Trabajo de Planeamiento, Tierra y
Vivienda, la que estará integrada por:
1. Un (1) Representante de cada bloque del HCD.
2. Un (1) Representante de la Secretaría de Obras Públicas, Planeamiento y
Desarrollo Urbano.
3.
Un (1) Representante de la Secretaría de Desarrollo Social.
4.
Un (1) Representante de cada Asociación Vecinal.
5. Un (1) Representante de Caritas.
6
Un (1) Representante de la Fundación Buenos Vecinos
7
Un (1) Representante de la Agrupación Vecinos en Emergencia.
8
Un (1) Representante de cada Organismo de DDHH presente en el territorio.
9.
Un (1) Representante de los Pueblos Originarios.
10. Un (1) Representante de Trabajadores de Salud Comunitaria en Terreno (TSCT).
11. Un (1) Representante de la UNPat Sede Esquel.
12. Un (1) Representante de la Cooperativa 16 de Octubre Ltda.
13. Un (1) Representante de la CGT.
14. Un (1) Representante de la CTA.
15. Un (1) Representante del Colegio Profesional de Arquitectura.
16. Un (1) Representante del Colegio Profesional de Ingeniería.
17. Un (1) Representante del Colegio Profesional de Trabajadores Sociales.
18. Un (1) Representante de la Mesa Foresto-Industrial.
19. Un (1) Representante del Instituto Provincial de la Vivienda y desarrollo Urbano
(Delegación Esquel).
20. Un (1) Representante de la Cámara Inmobiliaria de Esquel.
21. Un (1) Representante del Colegio Profesional de Agrimensura.
Constituida la Mesa de Trabajo de Planeamiento, Tierra y Vivienda dictará su reglamento:
pudiendo incorporar a cualquier otra institución y/o persona que considere pertinente.
ART.2°: La Mesa de Trabajo de Planeamiento, Tierra y Vivienda tendré por objetivo la
elaboración de un Plan de Urbanización Participativo que contemple:
H. Concejo Deliberante
De Esquel
"2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES"
Una zonificación de áreas del ejido urbano sujetas a urbanización, chacras
productivas, bosques comunales, zona industrial y espacios verdes, teniendo en cuenta
las necesidades de la población, la protección del ambiente, la minimización de los
riesgos actuales y conforme al crecimiento demográfico vegetativo, como de inmigración
esperable, en los próximos veinte años
La incorporación de tierras fiscales de propiedad del Municipio de Esquel al
Plan de urbanización.
Una propuesta para la obtención de las tierras urbanizables propiedad del
Ejército Argentino y otras instituciones nacionales.
Un programa de incentivos para lograr el fraccionamiento y loteo de
inmuebles baldios en zona sujeta a urbanización.
e) La gestión ante
el Gobierno Nacional, Provincial y/u Organismos
internacionales, para la obtención de fondos y programas para la urbanización y provisión
de servicios.
f) La gestión de créditos inmobiliarios accesibles y a bajo costo para los
trabajadores formales e informales.
9) Una propuesta para analizar la situación de los alquileres, tanto en lo
atinente a condiciones de habitabilidad y salubridad de las viviendas que se ofrecen.
como los precios de mercado.
Realizar gestiones para que los listados del IPV sean públicos y sujetos a
observación y/o impugnación por parte de los vecinos y del Municipio
Una propuesta para la utilización de los productos madereros provenientes
de los Bosques Comunales Municipales en la construcción de viviendas
Adecuar la obra pública de financiamiento nacional, provincial y municipal a
un estilo arquitectónico de carácter regional que priorice la utilización de materiales
k) Un análisis de la necesidad de reubicación de las ocupaciones en zonas
riesgosas en acuerdo con los ocupantes.
1) Un análisis de la situación de los lotes de Valle Chico, que no fueron asignados.
Para el cumplimiento de sus fines, la Mesa organizará Talleres Participativos. que
aseguren el aporte de los más amplios sectores de la población en la discusión y análisis
ART. 3°: Una vez conformada la mesa de trabajo, deberán presentar al HCD dentro de
los sesenta (60) días de promulgada la presente un cronograma con el orden de prioridad
de los temas a tratar.
ART. 4°: Registrese comuniquese al Departamento Ejecutivo y, cumplido, archivese.
Esquel,|24 de septiembre de 2021.
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Ciudad de Esquel
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Presidente
H. Concio Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 11º Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta
N° 21/21, registrada como Ordenanza N° 129/21.-
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal
y cumplido, archivese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 12 de Octubre de 2021.
Lic. Sanchez I!rihe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
"AVO SECRETARIA"
Arq. SERGIO ONGARATO
intendente
Municipalicad de Esquel