Ordenanza Municipal N° 142/21/2021
MODIFICA ORDENANZA 40/86 ( PERSONAL SEM - RELACIONADA CON ORD. 91/2017)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES"
ORDENANZA N° 142/2021
TEMA: MODIFICACION ORDENANZA N° 40/86
VISTO: La Ordenanza N° 40/86 y la Ordenanza N° 91/17 (Expte. 31/01). y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 91/17 se incorporó al Estatuto dei personal Municipal
(Ordenanza N° 40/86), como capítulo VI el régimen del personal del Sistema de
Estacionamiento Medido (SEM), manteniendo un escalafón propio conformado únicamente
por dos categorías.
Que, la incorporación de dicho régimen tuvo como objetivo ordenar la situación del personal
que presta servicios en el SEM, así como reconocer la diversidad de tareas, capacitaciones
y responsabilidades que asumieron a partir de la implementación de la nueva modalidad de
cobro.
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra en un proceso de ordenamienio
respecto a las categorías que reviste el personal y los diversos escalafones; por tal motivo
se encuadra considerando equitativo, justo y necesario incorporar dentro del Escalafón del
Personal Municipal (Ord. 55/86) las tareas que se realizan en el Sistema de Estacionamiento
Medido, sin perjuicio de las particularidades que presenta el servicio, brindando al personal
igualdad de oportunidades en la carrera administrativa a la que tienen derecho.
Que es necesario dejar sin efecto el escalafón propio del SEM e incorporar a quienes alli
trabajan al escalafón del personal Municipal, estableciendo para ello un
equivalencias y realizando modificaciones a los porcentajes de la recaudación que se
percibe en concepto de adicional a los fines de mantener una congruencia y equidad interna
en el regimen de compensaciones.
Que, en consecuencia, corresponde dictar la norma que así lo determine y realizar las
correcciones necesarias modificando la Ord. N° 40/86.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART. 1°: MODIFICASE el Art. 185 de la Ordenanza N° 40/86 (Incorporado por la Ordenanza
N° 91/17), que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 185: Incorpórase dentro del
Escalafón del Personal Municipal, Ordenanza N° 55/86. al personal que cumple tareas en
el Sistema de Estacionamiento Medido (SEM), y asígnese la categoría en función al puesto
que ocupan de acuerdo al siguiente esquema:
a.
b.
Supervisor de inspectores: Puesto especializado con supervisión - categoría 8.
Supervisor de ingresos: Puesto especializado de gestión - categoría 8.
Inspector: Puesto semi especializado de campo - categoría 6.
Cajero: Puesto semi especializado de gestión - categoría 6.
e.
Administrativo: Puesto semi especializado de gestión - categoría 8.
F.
Coordinador: coordinador de equipo de trabajo formalizado - categoría 14°.
ART. 2°: MODIFICASE el Art. 187 de la Ordenanza N° 40/86 (incorporado por la Ordenanza
N° 91/17), que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 187: El personal que
desarrolle funciones en el Sistema de Estacionamiento Medido ya sea, por contrato de
locación de servicios, planta permanente, o transitoria, percibirán en concepto de adicional
remunerativo un porcentaje fijo, sujeto a la recaudación bruta mensual del SEM. De dicho
bruto se dispondrá de un veinte por ciento (20%) el cual se repartirá entre la cantidad de
H. Concejo Deliberante
De Esquel
2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES"
personal que se encuentre prestando funciones en el SEM de forma proporcional a las horas
trabajadas y en función a las tareas que cumplen de la siguiente manera:
a. Inspectores: Adicional SEM + trece por ciento (13%) de sus multas.
b. Cajeros: Adicional SEM + falla de caja.
c. Administrativos: Adicional SEM.
d. Supervisor de inspectores: Adicional SEM + dos por ciento (2%) de las actas de cada
controlador.
e. Supervisor de ingresos: Adicional SEM.
E! coordinador recibirá por responsabilidad un adicional extra que será del uno con cinco
decimas por ciento (1,5%) de la recaudación bruta mensual, sin afectar el veinte por ciento
(20%) del adicional que se menciona precedentemente ni el adicional sobre multas.
El cobro de dichos adicionales quedará sujeto a la asistencia que registre el personal
mensualmente, descontándose un proporcional por los días no trabajados, sean estas
ausencias justificadas o no. Se exceptúa de esta disposición las licencias: por vacaciones.
maternidad/nacimiento, fallecimiento de familiar y licencia por razones particulares (art. 84
de la Ord. 40/86).
Se tomará como referencia para el descuento el registro de firmas que se lleva a cabo en
las planillas de asistencia del Estacionamiento Medido".
ART. 3°: MODIFICASE el Art. 191 de la Ordenanza N° 40/86 (Incorporado por la Ordenanza
N° 91/17), que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 191: la Jornada laborai del
personal contratado, de planta permanente y/o transitoria del Sistema de Estacionamiento
Medido de la ciudad de Esquel será: de lunes a viernes de 9:00 hs a 13:00 hs y de 16:30 hs
a 20:30 hs, siendo un total de treinta y ocho (38) horas semanales, salvo que la jornada
laboral sea interrumpida por cuestiones climáticas en cuyo caso podrán retirarse de su lugar
de trabajo, dejándolo asentado a través de memorándum dirigido al área de Recursos
Humanos de la Municipalidad".
ART. 4°: Registrese, comuniquese, y cumplido, archívese.-
Esquel, 7 de Octubre de 2021.-
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corlaria Legislatna ali
H. Comcjo Deliberante
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t. Conceie Deblerd
Ciudad ite isquet
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 12º Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta
22/21, registrada como Ordenanza Nº142/21.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archivese
SECRETARIA DE GOBIERNO: 1P de Uctubre de 2021.
Lic. Sanchez Uribe Mariela
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Esquel
"AVE SECRETARIA°
Arq. SERGIO ONGARATO
Intendente
Municipalidad de Esquel