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Estado: vigente

Ordenanza Municipal N° 143/21/2021

Fecha de Sanción: 2021-10-07
Fecha de Promulgación: 2021-09-19
Ciudad: Esquel, Chubut

ADHESION A LEY NACIONAL 26774 - LEY DE CIUDADANIA ARGENTINA. CREA PROGRAMA CONTRUYENDO DEMOCRACIA CONCEJAL POR UN DIA.

📄 Documentación Oficial Adjunta

Texto / Transcripción Oficial

HCD. H. Concejo Deliberante De Esquel "2021 AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES" ORDENANZA N° 143/21 TEMA: PROGRAMA MUNICIPAL "CONSTRUYENDO DEMOCRACIA - CONCEJAL POR UN DÍA". VISTO: Ley 26.774 Ley de Ciudadania Argentina y Expte. N° 277/12(Expte. 199/21) y CONSIDERANDO Que, "estimular la participación de los jóvenes en el espacio político y social. responde a la necesidad de fortalecer las prácticas y valores democráticos en la ciudadanía. La participación juvenil es importante para la organización critica y protagónica de la vida social; como asi también la realización individual y colectiva de un proyecto de comunidad y el fortalecimiento de procesos de integración. transformación y comunicación". Que, en octubre de 2012 se sanciono la Ley N° 26.774 Ley de Ciudadanía Argentina, o más conocida como Ley de Voto Joven, la cual establece el derecho de las personas jóvenes de 16 y 17 años, nativas o naturalizadas argentinas, a participar en elecciones, ejercer el derecho al voto y elegir a sus representantes: Que, la formación de futuros representantes del pueblo es un sistema democrático y representativo tiene especial importancia y adquiere mayor relevancia si consideramos que serán ellos las personas que con su participación representarán el resguardo del sistema democrático: Que, se debe seguir dando incentivos a la ciudadanía para que se involucre en lo que respecta a la tarea legislativa, y fundamentalmente para que estos asuman un rol más activo en la participación ciudadana y política de la ciudad; Que, existen diverso mecanismo, como la Banca del Vecino, que se dirige generalmente a personas mayores de 18 (dieciocho) años, por lo cual se hace necesario promover una actividad en ia que puedan intervenir jóvenes que aún no han alcanzado esa franja etaria: Que, el presente programa busca abrir un espacio para que los jóvenes deliberen sobre su rol como actores políticos, considerando que la participación de los mismo, debe demostrar que la politica es la herramienta por la cual se busca el bien común; Que, el mismo tiene por objetivo establecer un nuevo espacio de participación para los jóvenes. en los cuales puedan desarrollar la capacidad de participar, escuchar y ser escuchados: Que durante el último período se han recepcionado inquietudes y proyectos presentados por jóvenes estudiantes, los cuales se encuentran en tratamiento en este HCD. Lo que manifiesta la falta de un espacio de participación efectiva para la formulación y realización de proyecios tendientes a mejorar la calidad de vida. Que, en el año 2012 este cuerpo mediante la Ordenanza N° 210/12 adhirió al Programa Nacional de Concejos Deliberantes Estudiantiles, mediante el cual se presentaron 8 (ocho) Proyectos de Ordenanzas elaborados por jóvenes estudiantes; Que, la presente iniciativa persigue por objetivo primordial. promover una mayor participación ciudadana de los adolescentes y jóvenes, por intermedio del funcionamiento de un Programa denominado "Construyendo Democracia, Concejal por un Día"; POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N.° 46, sanciona la presente; ORDENANZA ART. 1º: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley N° 26.774 Ley de Ciudadanía Argentina ART. 2°: CREASE el Programa Municipal "Construyendo Democracia - Concejal por un Dia", en el ambito del Concejo Deliberante ART. 30: El programa tiene como finalidad promover la participación de adolescentes y jóvenes, que en representación de sus establecimientos educativos realizarán la presentación de proyectos tendientes a la búsqueda de una mejor calidad de vida para la comunidad en general. ART. 4º: El presente Programa está destinado a los alumnos de nive! secundario de las escuelas públicas, privadas y de gestión social de la ciudad de Esquel. ART. 5° El Programa se verá plasmado en la práctica en un simulacro de Sesión Ordinaria. que se desarrollará en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal. Las propuestas y el desarrollo de una sesión se corresponderán conforme al Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante. ART. 6° El Concejo convocará a establecimientos y alumnos interesados en participar del programa establecido en el Artículo 1°, a principio de cada año legislativo. en un registro abierto a tai fin. Ei plazo de inscripción será definido en Concejo en Comisión. ART 7°: Una vez cerrado el periodo de inscripción, el Concejo Deliberante convocará a reunión a representantes de los establecimientos inscriptos y su respectivo referente docente encargados de acompañar el proceso. ART. 8º En Concejo en Comisión se definirá por sorteo el edil que acompañará a cada establecimiento educativo en el proceso de elaboración del proyecto. En caso que el número de instituciones supere al de ediles, se procede a unificar y establecer alianzas de trabajo entre los distintos establecimientos. Se les comunicará por intermedio de la Presidencia del Cuerpo, a cada institución, el Concejal correspondiente y fecha y hora de la Sesión simulada. ART 9° Cada edil podrá contactarse con los representantes del establecimiento educativo que le corresponda, con el fin de trabajar en conjunto con profesores, referentes y los alumnos en la elaboración y presentación del proyecto de Ordenanza. El proyecto de ordenanza deberá ser presentado en plazo máximo de 10 (diez) dias anteriores a la fecha fijada para el simulacro de Sesión Ordinaria. ART.10° El Concejo difundirá ampliamente en distintos medios locales, páginas webs de la Municipalidad de Esquel y del HCD la convocatoria para participar del presente programa. ART.11° Características del simulacro de Sesión Ordinaria: Seguirá los parámetros formales de funcionamiento de una Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante. b) Cada Establecimiento educativo participante designará un representante para la defensa del proyecto y participación en el simulacro de Sesión Ordinaria. ART.12° Los proyectos aprobados en el simulacro de Sesión Ordinaria pasarán a Concejo en Comisión para ser considerados por el Honorable Concejo Deliberante y su eventual tratamiento. informándose de ello a los estudiantes y a cada uno de los establecimientos educativos. ART.13° La Presidencia del Cuerpo entregará certificados de participación y asistencia a los Establecimientos educativos, alumnos representantes en el simulacro de Sesión Ordinaria. ART.14° Registrese, comuníquese y cumplido archivese. Esquel, 7 de octubre de 2021. voun vertaria Legislatira ale H. Concejo Delihetante Lilidad de Esquel fuenteyes Dada en la sala de Sesiones del H.C.D. en la 12° Sesión Ordinaria del 2021, bajo Acta N° 22/2021. registrada como Ordenanza N°143/2021. POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y cumplido archivese. SECRETARIA DE GOBIERNO: 19 de Uctubre de 2021. . Sanchez Uribe Mariela Municipalidad dEsquet "AJE SECRETARIA" Municipalidad de Esquel