Ordenanza Municipal N° 112/2015/2015
APRUEBA DISTRIBUCION LOTEO VALLE CHICO. (PLANO ANEXO - RELACIONADA CON 40/15 - 157/17 Y 82/21)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HCD.
ESQUEL
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 112/15
TEMA: DISTRIBUCION LOTEO VALLE CHICO - D.E.
VISTO:
El proyecto de urbanización del lugar denominado "Valle Chico" de esta ciudad y las
diferentes solicitudes de terrenos por distintos gremios, como así también de
particulares, conforme las inscripciones en la Dirección de Tierras Fiscales, (Expte
186/15) y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio adquirió en propiedad, en el lugar mencionado en Visto, tierras para el
desarrollo integral de proyectos urbanísticos e inmobiliarios, a los fines de dar una
respuesta a la gran demanda de solicitudes de terrenos desde distintos sectores.
Que en la actualidad ya se está llevando a cabo en el lugar la obra de infraestructura de
las diferentes redes de nexos y distribución interna para las conexiones de los servicios
públicos, y cumplir con la ley 1425.
Que conforme al Proyecto de loteo, y tratando de dar una respuesta equitativa a todos
los sectores de la comunidad, ya sea por intermedio de los distintos gremios para
beneficio de sus afiliados, a entidades públicas como IPV y DU, a particulares inscriptos
en la Dirección de Tierras Fiscales, a los incluidos dentro del Programa Argentino del
Bicentenario (Pro.Cre.Ar), tal lo dispuesto en Ordenanza 40/14 del Honorable Concejo
Deliberante, donde todos apuntan, directa o indirectamente a la obtención de la Vivienda
Única Familiar, se ha realizado una distribución de cantidad y ubicación de parcelas para
cada uno, y lo establecido en las ordenanzas 54/86 y su modificatoria 81/87 de
Adjudicación de Tierras Fiscales.
Que el Municipio, por lo antes expuesto estaría priorizando el rol regulador del Estado y
de esta forma limitando maniobras especulativas del mercado inmobiliario y además
estaría colaborando para que mediante el otorgamiento de créditos hipotecarios puedan
acceder a la vivienda única sectores socioeconómicos bajos y medios de la ciudad, dando
así respuesta a una de las necesidades más requeridas como es la vivienda.
Que es obligación del municipio velar por el bien común y resolver la situación social de
los vecinos.
louy
Que por medio de éste tipo de políticas públicas el Estado Municipal está cumpliendo con
lo dispuesto en la Constitución Provincial que su Art. 77 que establece: "El Estado
propende a que toda persona acceda a una vivienda digna, para sí y su familia, que incluye
servicios sociales y públicos e integración con el entorno natural y cultural ... el Estado
contempla planes habitacionales, individuales y colectivos ... La política respectiva provee
al ordenamiento territorial con miras al uso racional del suelo, al interés público y a las
características de las diversas comunidades. El acceso a la vivienda propia se promueve
en todo el ámbito de la Provincia, sobre la base de la equidad y mediante regímenes
adecuados a los distintos casos, con prioritaria consideración a los de menores recursos".
Que de acuerdo a todo lo expuesto, sería conveniente que el Honorable Concejo
Deliberante autorice al señor Intendente Municipal a suscribir los convenios necesarios
conforme la Distribución que se adjunta como Anexo I,
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente
ORDENANZA
ART. 1º: APRUEBASE la distribución del loteo "Valle Chico" conforme a croquis
preliminar adjunto como Anexo I de la presente Ordenanza, el que podrá ser modificado
solamente por cuestiones técnicas autorizadas por el Departamento Ejecutivo.-
ART. 2º: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir los convenios que
correspondan para el otorgamiento de las parcelas conforme lo establecido en el Art. 1°
y dentro del marco de la Ordenanza 54/86 y su modificatoria 81/87.-
ART. 3°: Registrese, comuníquese y cumplido archívese.
Esquel, 30 de Junio de 2015.-
lowe
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Horacio Iturrioz
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 08º Sesión Ordinaria del 2015, bajo Acta
10/15, registrada como Ordenanza N° 112/15.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: 07 de Julio de 2015.
URO RAFAEL VALLAMAS