Ordenanza Municipal N° 82/2010/2010
FONDO EDUCATIVO UNICO - ( TIENE MODIFICACIONES 74/08 Y 88/2020)
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA Nº 82/10
TEMA: MODIFICACIÓN ORDENANZA 74/08 – FONDO EDUCATIVO ÚNICO
VISTO:
La Ordenanza Nº 74/08 de Fondo Educativo Único, (Expte. 27/04) y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Educación y Seguimiento en base al trabajo y objetivos de los
distintos Programas considera pertinente la significación del nombre que sintetiza el
programa.
Que se considera necesario modificar el nombre del Programa porque el Apoyo que el
P.A.E. (Programa de Apoyo a la Educación), ofrece a los estudiantes consiste en:
Seguimiento y acompañamiento en el proceso escolar. Experiencias significativas para el
aprendizaje y desarrollo de: el protagonismo, la revalorización personal y la iniciativa. La
interacción, la comunicación, la solidaridad y la participación en formas de convivencias
democráticas.
Que la Comisión considera importante ampliar la integración de la misma para lograr mayor
participación y corresponsabilidad de otros sectores de la comunidad sobre la educación
de los estudiantes de la localidad.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL,
en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI, Nº 46, sanciona la presente
ORDENANZA
ART.1º: MODIFICASE el nombre del Programa creado mediante Ordenanza 74/08, el
que quedará redactado de la siguiente manera: “PROGRAMA DE APOYO A LA
EDUCACIÓN, (P.A.E.) “.
ART.2º: MODIFICASE el Artículo 4º de la Ordenanza 74/08, el que quedará redactado
de la siguiente manera: “Artículo 4: CONSTITUYASE una única Comisión de Evaluación y
Seguimiento para la implementación de todos los Proyectos y Programas del Programa de
Apoyo a la Educación”
ART.3º: MODIFICASE el Artículo 5º de la Ordenanza 74/08, el que quedará redactado
de la siguiente manera: “Artículo 5: La Comisión de Evaluación y Seguimiento deberá
dictar las normas de su funcionamiento interno dentro de los 30 (treinta) días corridos,
posteriores a su constitución y estará conformada por:
- El Área de Gestión Educativa de la Subsecretaría de Cultura y Educación
- Representantes de Cooperadoras Escolares
- Supervisión Seccional Región III
- Asesor de la U.N.P.A.T.
- Concejo Deliberante
- Asociaciones Vecinales
- Secretaría de Promoción Social de la Municipalidad de Esquel.
- Equipo Técnico del Programa Horizontes.
- Instituto Superior de Formación Docente Nº 809
- Instituto Superior de Formación Docente Nº 804
- Universidad Nacional del Comahue
- Centro de Estudiantes
H. Concejo Deliberante
De Esquel
- Diferentes segmentos educativos (titulares o tutores de nivel primario,
secundario, terciario, universitario) que reciben la ayuda económica. La
representación será obligatoria y recaerá rotativamente en diferentes jóvenes y
tutores, durante el período en que esta Comisión desarrolle sus actividades.
- En cada reunión mensual de la Comisión de Evaluación y Seguimiento podrá asistir
un miembro de la comunidad que así lo solicite, con voz, pero sin voto.
ART.4º: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese.
Esquel, 01 de Julio de 2010.
Marcela Speratti Hector Claudio Trotta
Secretaria Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 8ª Sesión Ordinaria el 2010, bajo Acta
11/10, registrada como Ordenanza Nº 82/10.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y
cumplido, archívese.
SECRETARIA DE GOBIERNO: de Julio de 2010