Ordenanza Municipal N° 28/2025/2025
CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
📄 Documentación Oficial Adjunta
Texto / Transcripción Oficial
HED.
H. Concejo Deliberante
De Esquel
ORDENANZA N° 28/2025
TEMA: CONDONACIÓN Y EXIMICIÓN DEUDA DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS
VISTO: La presentación realizada por la Sra. Margarita Rojas (Expte. 423/24) y,
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Rojas solicita al Honorable Concejo Deliberante la condonación de la
deuda que mantiene con la Municipalidad de Esquel en concepto de Impuesto
inmobiliario, dado que, percibe una jubilación mínima y además cuenta con
Certificado único de discapacidad diagnosticado con anormalidades de la marcha y
este en el cana se aporta nomareda su ano soso
Juan Llanquinao.
Que, a través de las constancias obrantes en el expediente, la Sra. Rojas ha
presentado la Declaración Jurada N° 306/2025 del Juzgado de Paz de la ciudad de
Esquel en donde declara bajo juramento quienes son los herederos legítimos del
causante incluyéndose, dado que, no han iniciado aún el trámite de sucesión ab
intestato.
Que, el Código Tributario Municipal, en su Art. 98 inc. 8 establece que, se
encuentran exentos del pago del
impuesto inmobiliario por la única unidad
habitacional tanto a los jubilados como a los pensionados. Como así también en el
mismo artículo prevé que se encuentran exentos del pago del impuesto inmobiliario
la unidad habitacional en donde residan personas con discapacidad debidamente
Que, dicha
exención es subjetiva, no obra de pleno derecho, por tal motivo, es
necesario que la contribuyente, en el mes de diciembre de cada año, realice el
trámite de exención de pago del impuesto inmobiliario para el año siguiente,
presentando la correspondiente documentación ante el Departamento Ejecutivo, no
o la oregoniente documentado i
existiendo deuda alguna sobre el tributo en el que se solicita la exención.
Que, existiendo deuda corresponde al Concejo Deliberante contemplar la posibilidad
de condonar la misma y eximirla del pago hasta el 31 de diciembre del corriente a
los fines que el contribuyente pueda en este último mes realizar los trámites
correspondientes para el otorgamiento del beneficio de exención mencionado con
anterioridad. pobre
Que, por todo lo expuesto, la comisión de Hacienda del HCD, decide emitir
despacho favorable.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
ESQUEL, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la
presente.
ORDENANZA
ART. 1°: CONDÓNASE a la Sia. Margarita Rojas DNI: 4.631.805 la totalidad de lo
adeudado en concepto de impuesto inmobiliario hasta la fecha de promulgación de
H. Concejo Deliberante
De Esquel
la presente Ordenanza, que recae sobre el inmueble identificado como Objeto
10001567 (Titular Llanquinao Juan).
ART. 2°: EXIMASE a la Sra. Rojas del pago del impuesto inmobiliario, desde la
fecha de promulgación de la presente hasta el 31 de diciembre del corriente año, por
el inmueble identificado en el artículo precedente, en virtud de lo estipulado en el Art.
98 de la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias.
ART. 30: NOTIFÍQUESE a la Sra. Rojas que, en el mes de diciembre de cada año
deberá realizar los trámites de exención de pago sobre el impuesto inmobiliario ante
el Departamento Ejecutivo Municipal por encuadrarse dentro de lo establecido en el
Art. 98° de la Ordenanza N° 201/23 y sus modificatorias.
ART. 4°: Regístrese, comuníquese y, cumplido, archívese.
Esquel, 28 de marzo de 2025.-
Dr. Mariano Palma
Secretario Legislativ
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
disturbani
Héctor Rubén Álvarez
Presidente
H. Concejo Deliberante
Ciudad de Esquel
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 2º Sesión ordinaria del 2025, bajo Acta
N° 06/2025, registrada como Ordenanza N° 28/2025.
POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, registrese, dese al Boletín
Municipal y cumplido archívese.
SECRETARIA GENERAL DE INTENDENCIA: 03 de abril de 2025.
Sr. GUSTAVO ARIEL SIMIELI
SECRETARIO GRAL DE INTENDENCIA
MUNICIPALIDAD DE ESQUEL
Matías/F, Taccetta
^ Intendente
Municipalidad de Esquel